En este artículo hablaremos sobre Nuevas Obligaciones Tributarias para Operadores de Plataforma en España.
En mayo de 2023, se implementó una nueva ley tributaria que agrega disposiciones a la LGT, enfocadas en las responsabilidades de información y diligencia debida de los operadores de plataformas digitales. Esta legislación impone tres principales obligaciones a estos operadores: seguir normas de diligencia al obtener y verificar datos de los vendedores, registrarse según lo establecido y proporcionar información a la Administración tributaria.
Recientemente, en enero de 2024, se emitió el Real Decreto 117/2024, detallando las obligaciones relacionadas con la información tributaria de los operadores de plataformas digitales, incluyendo normas de diligencia debida y una nueva obligación de informar la actividad relevante de la plataforma a otros países de la UE o jurisdicciones asociadas. Además, la Orden HAC/72/2024, de febrero, aprobó modelos como el 040 y el 238 para cumplir con estas obligaciones.
A pesar de estas regulaciones, la rápida sucesión de normativas y su complejidad pueden generar incertidumbre sobre su alcance e implicaciones para los operadores y vendedores en las plataformas digitales. Por lo tanto, a continuación, se resumirán los puntos clave de estas novedades.
Normativas y Procedimientos de Diligencia para Operadores de Plataforma
El Real Decreto 117/2024, emitido el 30 de enero, se centra en detallar las pautas y métodos de diligencia que los operadores de plataformas digitales deben seguir para cumplir con la obligación de informar establecida en la disposición adicional vigésima quinta de la LGT. Estos son los puntos fundamentales:
Los protocolos de diligencia, dirigidos a los gestores de plataformas encargados de divulgar información sobre los vendedores, imponen responsabilidades tanto a los gestores como a los propios vendedores.
Según la normativa, los vendedores sujetos a la divulgación de datos son aquellos que participan en actividades relevantes durante el «periodo de referencia», como el alquiler de bienes, prestación de servicios o venta de bienes.
La residencia del vendedor es determinante para la aplicación de estas normativas, siendo considerado residente en un Estado de la UE si cumple con los criterios definidos.
Los gestores deben realizar acciones específicas para obtener y verificar información sobre los vendedores, recopilando detalles como nombres, direcciones y números de identificación fiscal.
La validación de esta información puede realizarse mediante registros internos o interfaces electrónicas proporcionadas por autoridades pertinentes.
Estos protocolos deben completarse antes del 31 de diciembre del año natural al que se refiere la divulgación de información. Su entrada en vigor data del 1 de enero de 2023, según lo estipulado en el Real Decreto 117/2024.
Obligaciones de Información para Operadores de Plataforma y su Impacto Tributario
El Decreto Real 117/2024, emitido el 30 de enero, establece una nueva obligación de divulgación en el artículo 54 ter del RGAT. Esta responsabilidad implica que los «administradores de plataforma sujetos a informar» deben notificar a la Administración tributaria sobre la actividad relevante realizada a través de la plataforma que gestionan. Los datos recolectados serán compartidos con otros países de la UE o jurisdicciones asociadas.
Los administradores que tengan conexiones con España o estén registrados en el país deben presentar este informe ante la Administración tributaria española. No obstante, los administradores externos cualificados fuera de la Unión no están obligados si todas sus actividades relevantes están sujetas a un intercambio automático de información. Además, los administradores excluidos pueden presentar una declaración negativa si su modelo empresarial no incluye vendedores sujetos a esta comunicación.
El modelo utilizado para informar sobre este tema es el 238, aprobado mediante la Orden HAC/72/2024, emitida el 1 de febrero. Este modelo se presenta anualmente, generalmente en enero del año siguiente, aunque la primera declaración correspondiente al ejercicio 2023 debe realizarse entre el 6 de febrero y el 6 de abril de 2024.
Regulación de los Registros de Operadores de Plataforma: Real Decreto 117/2024
El Real Decreto 117/2024, emitido el 30 de enero, introduce cambios en el RGAT para abordar las responsabilidades de registro de los operadores de plataforma. Se establecen dos nuevos registros: el «Registro de operadores de plataforma extranjeros no cualificados» y el «Registro de otros operadores de plataforma obligados a comunicar información«, con el fin de regular la competencia de la Administración tributaria española en relación con los operadores sin vínculos arraigados en la Unión Europea. La Orden HAC/72/2024, emitida el 1 de febrero, aprueba el modelo 040 para facilitar este proceso de registro.
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