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10 septiembre 2020

Asesoría Tributaria España: El TEAC se pronuncia sobre la obligación de información a la AEAT

Las sociedades mercantiles tendrán obligación de aportar información durante un período de seis años

El pasado 1 de junio, el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) emitió su resolución sobre la obligación de informar a la Administración Tributaria (AEAT). En este caso, se analiza la situación de una sociedad mercantil que, dentro de un Proceso de Inspección, tuvo la obligación de suministrar información al organismo citado.

Por su parte, el Supremo utiliza los siguientes argumentos para dictaminar su sentencia:

  • Al tratarse de una sociedad mercantil, la obligación formal de aportar información es exigible en los términos señalados en el requerimiento controvertido.
  • Teniendo en cuenta que la entidad requerida es una sociedad limitada, procede aplicar lo dispuesto en el art. 30 del Código de Comercio.

En conclusión, el TEAC establece que la obligación formal de aportar a la Administración tributaria sólo podría exigirse en los siguientes casos:

  • En el plazo previsto en la normativa mercantil.
  • Mientras no hubiera expirado el plazo de prescripción del derecho para determinar la obligación material vinculada a ella, si este último fuese superior.

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