La lucha fiscal entre las comunidades autónomas experimenta un nuevo avance al llegar a las Islas Baleares. En ese sentido, se ha anunciado la eliminación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en las adquisiciones de padres a hijos, abuelos a nietos y entre cónyuges. Además, se ha reducido el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) en la compra de primeras viviendas destinadas a jóvenes y personas con discapacidad.
Por parte de la Administración autonómica, se ha enfatizado la necesidad de reducir los impuestos para las familias y se ha destacado que, con la reforma, Baleares tendrá el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) más bajo del país.
El decreto-ley, que aprueba estas modificaciones normativas, deberá ser ratificado por el parlamento autonómico en un plazo de un mes.
En el caso de herencias entre hermanos o de tíos a sobrinos, el ISD se reduce a la mitad si los fallecidos no tienen descendencia, y un 25 % cuando sí dejan descendientes. Estas modificaciones fiscales se aplican tanto a herencias por causa de muerte como a los pactos sucesorios o «herencias en vida», que cuentan con su propia regulación en el derecho civil foral de las Islas Baleares.
En el mismo decreto-ley se ha incluido la supresión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en adquisiciones de primera vivienda por parte de personas menores de 30 años y con discapacidad, siempre que su renta anual individual no supere los 52.800 euros o 84.480 euros en caso de declaración conjunta. Además, esta exención aplica siempre que el precio de venta de la vivienda no exceda los 270.151 euros.
Para la compra de vivienda habitual por personas de entre 31 y 35 años, familias numerosas o monoparentales y familias con discapacitados a cargo, el impuesto se reduce a la mitad si el valor de la casa no supera los 270.151 euros (350.000 euros en el caso de familias numerosas).
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