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12 febrero 2020

La Diputación Foral de Bizkaia aprueba el Sistema TicketBAI/BATUZ

Se prevé que este proyecto esté en marcha en su totalidad para el año 2021

El pasado 18 de diciembre, la Diputación Foral de Bizkaia publicó el Anteproyecto de Norma Foral que establece la incorporación del Sistema TicketBAI que se integra en la iniciativa BATUZ. La eficacia de dicho proyecto se llevará a cabo en el año 2021 y supondrá grandes cambios para la gestión del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, principalmente para los contribuyentes con actividades económicas, y el Impuesto sobre Sociedades.

El sistema TicketBAI consiste en una aplicación práctica, con obligaciones legales y técnicas, que producirán modificaciones en el software de facturación de los contribuyentes. Esto se llevará a cabo mediante la imposición de un nuevo sistema informático fiador de la integridad, trazabilidad, conservación e inviolabilidad de los registros que documenten las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizados tanto por personas físicas como jurídicas.

El Anteproyecto de Norma Foral sigue dos objetivos fundamentales: la asistencia a los obligados tributarios en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y la toma de medidas efectivas de lucha contra el fraude fiscal. Además, este anteproyecto sigue la huella de las últimas reformas tributarias de 2013 y con la reciente implantación del Suministro Inmediato de Información en materia de IVA. La Diputación prevé que con esta nueva normativa se establezca un sistema de información que permita a tener información suficiente para comunicar al contribuyente un borrador de liquidación del Impuesto sobre Sociedades, que podrá ser aceptado o complementado por este. También permitirá que la obligación de realizar la declaración del impuesto se entienda como cumplida.

El plazo para la presentación de las autoliquidaciones de impuestos devengados en el ejercicio 2021, está previsto para el año 2022. Una vez que se aplique este proyecto, la modificación afectará a todos los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En el caso de los contribuyentes del IS y del IRPF con actividades económicas, éstos deberán implantar un software que documente las entregas de bienes y servicios realizadas de manera que queden registradas en un fichero con ciertos requisitos a cumplir. Dicho sistema deberá adaptarse a las necesidades de compatibilidad de la Hacienda Foral y su Sede Electrónica. Para ello, la Hacienda Foral va a publicar un listado de proveedores de confianza que se comprometan a suministrar un producto que cumpa los requisitos del sistema. En el caso de que el propio contribuyente quiera desarrollar este software, lo podrá hacer siempre y cuando se inscriba en el registro de proveedores.

Los contribuyentes del IS también estarán obligados a llevar un libro donde se registren las actividades económicas y que se lleven a través de la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia por el suministro electrónico correspondiente. En dicho libro de registro se encontrarán las siguientes clasificaciones: Capítulo de facturas emitidas, de factura recibidas, de bienes de inversión, de determinadas operaciones intracomunitarias y de movimientos contables.

La implantación del nuevo software supondrá un coste adicional a los contribuyentes, por lo que la Diputación Foral de Bizkaia permite generar una deducción para el aumento de la implantación del nuevo sistema informático en el ejercicio 2020. Esta medida posibilita la acción de generar una deducción del 30% del importe de las inversiones y gastos realizados en 2020, relacionadas con la implantación del sistema informático. En el caso de las cantidades no deducidas por insuficiencia de cuota, éstas podrán aplicarse hasta los períodos impositivos que terminen en los treinta años sucesivos. También se necesitará que el contribuyente opte por su aplicación al presentar la autoliquidación.

Este proyecto incluye, además, un régimen sancionador para aquellos que no cumplan con la obligación de utilizar el sistema informático TicketBAI. Esta aplicación consistirá en una multa del 20% de la cifra de negocios del anterior ejercicio con un mínimo de 20.000 euros. Hay que tener en cuenta, que si ciertas circunstancias se cumplen, la sanción podrá incrementarse hasta el 30% de la cifra de negocios, con un mínimo de 80.000 euros. Por otro lado, si se retrasa la obligación de llevar libros de registro a través de la Sede Electrónica de la Hacienda Foral de Bizkaia, la multa establecida será del 0.5% del importe de la factura, con un mínimo trimestral de 600 euros y un máximo de 12.000 euros.

El pasado 17 de enero, el Anteproyecto finalizó el trámite de Audiencia e Información Pública y, dependiendo de las aportaciones ciudadanas que se hayan producido hasta esa fecha, se iniciará su tramitación legislativa.

 

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