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10 mayo 2019

Estos son los cambios laborales que introducirán los nuevos Decretos Ley 6/2019 y 8/2019.

Los nuevos Decretos aprobados recientemente suponen grandes cambios en materia social de las condiciones laborales.

 

 Los nuevos Decretos Ley – el Decreto Ley 6/2019 de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación y el Decreto Ley 8/2019 de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo – han sido aprobados recientemente y traen consigo grandes cambios en lo que a condiciones laborales se refiere.

El Real Decreto Ley 6/2019, creado para fomentar y asegurar la igualdad entre hombres y mujeres en sus puestos de trabajo, ha introducido tres medidas fundamentales:

  1. Permiso por paternidad obligatorio:

Se pretende igualar el periodo de baja por paternidad para ambos progenitores además de aumentarlo.

Esto se realizará de manera progresiva, desde el 2019 hasta el 2021. Por tanto, a partir del 1 de abril de 2019 el permiso será de 8 semanas, las dos primeras obligatorias y tras el parto. El resto de semanas podrá repartirlas el trabajador según mejor le convenga.

De esta manera en 2020 el periodo de baja será de 12 semanas, las cuatro primeras obligatorias y en 2021 serán 16 semanas, las seis primeras obligatorias.

  1. Plan de Igualdad:

Las empresas con más de 50 trabajadores estarán obligadas a contar con planes de igualdad que deberán estar inscritos en un registro específico de Planes de Igualdad.

Para poder cumplir esta normativa el gobierno ha dado un tiempo límite para aplicarla: tres años para empresas de 50 a 100 trabajadores, dos años para empresas de 101 a 150 y un año para empresas de entre 151 hasta 250 empleados.

También se ha establecido como infracción grave el incumplimiento de estas medidas o de las obligaciones establecidas por la Ley Orgánica 3/2007 que podrían implicar sanciones económicas de hasta 6.250 euros

  1. “Trabajo de igual valor”:

Con este decreto también se ha introducido el concepto de “trabajo de igual valor”, que defiende que un empleo o tarea tendrá igual valor cuando la formación exigida, las condiciones laborales y todo lo necesario para desempeñar la tarea sea equivalente.

En lo referente al Decreto Ley 8/2019 lo más llamativo ha sido la imposición de registrar las jornadas laborales de los trabajadores para facilitar el control de estas jornadas por parte de la Inspección de trabajo y Seguridad Social. Además, dichos registros de las jornadas laborales deberán guardarse durante cuatro años. Asimismo, se han incluido como infracciones graves las derivadas del incumplimiento del registro de la jornada que derivarán, al igual que las anteriores, en una multa económica.

Además, este Decreto Ley también ha introducido bonificaciones a la contrataciones indefinidas, como la bonificación por contratación de personas desempleadas de larga duración, medidas para prolongar las contrataciones en el sector turístico y la bonificación por la conversión de contratos eventuales de trabajadores agrarios en contratos indefinidos o fijos discontinuos, entre otras medidas.

 

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