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12 febrero 2020

El BOE publica un nuevo Salario Mínimo Interprofesional

Las nuevas cuantías aplicables del SMI representan un aumento del 5.56%

El Real Decreto 231/2020, del 4 de febrero, ya ha sido publicado por el BOE. Con este decreto se fija el nuevo Salario Mínimo Interprofesional para el año 2020, con el cual se aumenta un 5.56% las cuantías aplicables con respecto a las incluidas en el Real Decreto 1462/2018, del 21 de diciembre.

De esta manera, el salario mínimo diario será de 31.66 euros al día y el salario mínimo mensual de 950 euros al mes. Este último también se aplicará en el salario base y en las pagas extra, por lo que el salario mínimo anual consistirá en 13.300 euros anuales. En el caso de los trabajadores a tiempo parcial, el SMI se calculará en proporción a la jornada realizada. De hecho, el art. 4 de este Decreto señala que los trabajadores eventuales o temporeros que hayan realizado servicios de no más de 120 días en una misma empresa recibirán un salario mínimo de 44.99 euros por jornada. En cuanto a los empleados del hogar, dependiendo de las horas que trabajen por régimen externo, el salario mínimo fijado será de 7.43 euros por hora trabajada.

El 1 de enero de 2020 tendrán lugar los efectos retroactivos del Real Decreto, por lo que las empresas que retribuyen cantidades menores a 950 euros al mes deberán regular de manera retroactiva al día 1 de enero de 2020. Además, las reglas de afectación serán transitorias, con el objetivo de evitar que el aumento del salario mínimo produzca distorsiones económicas en los casos no laborales en los que se utilice el SMI a sus propios efectos. La subida del SMI también puede provocar problemas a los trabajadores en prácticas, cuya retribución mínima puede quedar por debajo del SMI.

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