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31 mayo 2024

Europa armonizará y simplificará los procesos para eliminar la doble imposición al recuperar la inversión

Europa busca implementar procedimientos de retención en origen más seguros y eficientes para los inversores transfronterizos. El Consejo Europeo acaba de aprobar la Directiva Faster, una nueva regulación que modificará la fiscalidad de los dividendos (de valores y acciones) y los intereses (de bonos) pagados a los inversores en la Unión Europea. «Armonizar nuestros procedimientos de mitigación fiscal es esencial si queremos mejorar el funcionamiento de la unión de los mercados», señala el ministro de Hacienda belga, Alexander De Croo.

La norma pretende solucionar el problema de las inversiones transfronterizas. Actualmente, muchos países europeos gravan los dividendos y los intereses pagados a los inversores que residen en el extranjero. Al mismo tiempo, estos inversores deben pagar el impuesto sobre la renta en su país de residencia por los mismos ingresos.

Aunque los convenios entre Estados miembros buscan resolver el problema de la doble imposición, los procedimientos para solicitar la mitigación de la retención en origen varían considerablemente entre ellos, resultando en procesos largos y costosos. El cambio en la normativa busca que los procedimientos de mitigación fiscal sean más rápidos, más sencillos y, al mismo tiempo, más seguros, según el Consejo Europeo.

¿Cómo se implementará a partir de ahora? La directiva introducirá un certificado común digital de residencia fiscal de la UE (CDRF) que los inversores contribuyentes podrán utilizar para beneficiarse de los procedimientos acelerados a fin de obtener la mitigación de la retención en origen.

Los Estados miembros establecerán un proceso automatizado para expedir certificados digitales de residencia fiscal a las personas físicas o entidades que se consideren residentes en su territorio a efectos fiscales.

La directiva permite a los Estados miembros disponer de dos procedimientos acelerados que complementan el actual procedimiento de devolución ordinaria de la retención en origen. Esto hará que los procesos de mitigación y devolución sean más rápidos y estén más armonizados en toda la UE.

El Consejo Europeo ha acordado que los Estados miembros deben aplicar los procedimientos acelerados si conceden una mitigación de la retención en origen practicada en exceso sobre dividendos pagados por acciones cotizadas.

Los negociadores también han introducido en el texto circunstancias adicionales en las que los Estados miembros pueden excluir, total o parcialmente y con el fin de realizar más controles, las solicitudes de mitigación de la retención en origen de los procedimientos acelerados, con el objetivo de prevenir el fraude.

El Consejo Europeo ha añadido disposiciones relativas a las inversiones indirectas para los casos en los que el inversor no invierte directamente en valores sino a través de un organismo de inversión colectiva. Dichas disposiciones garantizan que los inversores legítimos, como determinados organismos de inversión colectiva o sus inversores, tengan acceso a los procedimientos acelerados.

Con arreglo a las nuevas normas, los intermediarios financieros certificados que soliciten la mitigación en nombre de un titular formal tendrán que actuar con la diligencia debida en cuanto a la admisibilidad del titular formal para beneficiarse de la mitigación fiscal.

Además, la directiva establecerá una obligación de comunicación de información normalizada para los intermediarios financieros, como bancos o plataformas de inversión. Los Estados miembros establecerán registros nacionales en los que los intermediarios financieros grandes, y opcionalmente los pequeños, tendrán que registrarse para ser certificados. Para simplificar este procedimiento de registro, el Consejo Europeo ha acordado crear el Portal Europeo de Intermediarios Financieros Certificados.

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