A partir de ahora, los donantes ya no podrán aplicar las pérdidas patrimoniales sufridas entre la adquisición y la donación del bien para reducir la base imponible del impuesto, a pesar de que sí estarán obligados a incluir las ganancias en el IRPF, en caso de que estas hayan ocurrido.
Esta decisión del Supremo invalida la interpretación previa del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana y resulta en un fuerte impacto fiscal en las donaciones de inmuebles, acciones, participaciones o sociedades a familiares. La resolución establece que «las pérdidas patrimoniales que se producen por una transmisión lucrativa inter vivos [donación en vida] no deben computarse en la base
imponible del IRPF del transmitente, aunque en unidad de acto se declaren ganancias patrimoniales derivadas de ese mismo tipo de transmisiones».
El Supremo interpreta así el artículo 33.5.c de la ley del IRPF, que establece que no se computarán como pérdidas patrimoniales aquellas «debidas a transmisiones lucrativas por actos inter vivos o a liberalidades». Esta interpretación contradice la postura del TSJ de la Comunidad Valenciana, que consideraba que las pérdidas patrimoniales debían ser computadas, argumentando que la exclusión del artículo se refería únicamente a la pérdida patrimonial y no a la fiscal.
El TSJ sostenía que hacer tributar por las ganancias pero no permitir las pérdidas generadas por este tipo de transmisiones sería contrario a los principios de equidad y capacidad contributiva. Sin embargo, el Supremo rechaza este argumento y sostiene que la redacción del artículo no deja lugar a dudas: las pérdidas patrimoniales no deben ser computadas en la base imponible del IRPF del transmitente.
Con esta sentencia, el Supremo concluye un debate jurídico que ha generado preocupación entre los fiscalistas. Las repercusiones del fallo afectan a todos los contribuyentes que realicen donaciones a familiares, especialmente aquellos que transmitan activos propensos a variaciones de valor entre el momento de la adquisición y la donación, como participaciones sociales o acciones.
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