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12 abril 2023

Asesor fiscal: Publicado el Real Decreto 249/2023 que incorpora novedades fiscales

El BOE ha publicado el Real Decreto 249/2023 que incorpora numerosas novedades fiscales. Los puntos a tratar son varios. Este Real Decreto contiene varias modificaciones en materia reglamentaria en el ámbito tributario.

Modificaciones fiscales del Real Decreto 249/2023

  • Modificaciones en materia de reiteración de solicitudes. Se incluye una modificación en el Real Decreto 520/2005 con el objetivo de reconocer que la reiteración de las solicitudes de suspensión no evitará el inicio del período ejecutivo si anteriormente se había denegado otra solicitud previa acorde a la misma deuda tributaria. Asimismo, se modifica el criterio del Real Decreto 939/2005 con el mismo fin. En el caso de solicitudes de aplazamiento, fraccionamiento, compensación, suspensión o pago en especie, se iniciará el período ejecutivo si anteriormente se hubiese denegado otra solicitud en relación con la misma deuda.
  • Varias modificaciones en cuestiones del Real Decreto 1065/2007. Entre ellas: se regula la formación del Registro de extractores de depósitos fiscales de productos incluidos en los ámbitos objetivos de los Impuestos sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas o sobre Hidrocarburos, referido en el anexo de la Ley de IVA; se modifica la obligación informativa de las entidades aseguradoras en relación con los seguros de vida y la valoración de estos independientemente de quien lo informe; se elaboran reglamentariamente las obligaciones informativas sobre tenencia de monedas virtuales y operaciones efectuadas con ellas; se modifica la normativa sobre liquidación de intereses de demora a favor de los obligados tributarios en el caso de las devoluciones tributarias acordadas en el procedimiento de inspección; se reconoce que la revocación del número de identificación fiscal podrá efectuarse en todas las actuaciones y procedimientos de aplicación de los tributos; cambios en el régimen jurídico de la entrada en el domicilio constitucionalmente protegido; y se flexibiliza la formalización del informe ampliatorio en el caso de las actas por disconformidad.
  • Modificación del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en materia de nombramiento de representantes por residentes en el extranjero. La finalidad es que los residentes en Estados pertenecientes a la UE o al Espacio Económico Europeo con normativa sobre asistencia mutua en materia de intercambio de información tributaria y de recaudación no necesiten nombrar representantes en España ante la Administración tributaria.
  • Modificación del Reglamento sobre el Impuesto del Valor Añadido. Se incorpora un cambio técnico en los libros registros de facturas emitidas del IVA, con el fin de habilitar el registro de modificaciones en la base imponible y cuota por las que no exista obligación de expedir una factura rectificativa. También se regula un plazo de envío de las anotaciones que no están documentadas en factura rectificativa.
  • Modificación del Reglamento sobre el IRPF. Se exige que se ingrese el 60% de la deuda tributaria resultante de la autoliquidación en plazo para poder disfrutar del fraccionamiento especial. Paralelamente, también se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades para extender la exclusión de retención sobre las rentas procedentes del reembolso o transmisión de participaciones o acciones en los fondos o sociedades de inversión cotizados a las instituciones de inversión colectiva equivalentes en otros Estados.

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