Presentado el acuerdo con el Ministerio de Hacienda para sacar adelante la rebaja fiscal por mecenazgo a los profesionales que presten sus servicios de forma altruista
Además de aumentar las deducciones fiscales en el IRPF y el Impuesto sobre Sociedades para aquellos individuos o empresas que realicen aportaciones a organizaciones sin fines de lucro, el nuevo texto también incluye la novedad de permitir que empresas y profesionales puedan ofrecer servicios de manera altruista a estas mismas entidades. De este modo, se podrán beneficiar de una deducción fiscal, siempre y cuando se firme un convenio en el que se establezca el importe de la prestación. Dentro de este bloque de servicios se podrán incluir aquellos relacionados con la consultoría y el asesoramiento, espacios publicitarios en medios de comunicación, donaciones destinadas a la rehabilitación de bienes culturales y espacios naturales protegidos, así como donaciones de bienes culturales de autores reconocidos.
Principales novedades
- Se desarrolla el micromecenazgo y se elevan los porcentajes de las deducciones: 80% de la donación en el IRPF para las personas físicas y 40% para el resto de las entidades.
- Para las personas jurídicas, también se establece una deducción del 40%. Para premiar el mecenazgo sostenido, la deducción puede aumentar al 50%; en el caso de las personas físicas, al 45%. Ambos aumentos se dan siempre y cuando se haya realizado la misma donación durante los dos años anteriores.
- Se permite la contraprestación de bienes o servicios de carácter simbólico, siempre que no supongan más del 15 por ciento del valor de la donación, y con un límite de 25.000 euros.
- Se amplian las modalidades de explotaciones económicas exentas , si son desarrollados por entidades sin ánimo de lucro, en actividades basadas en la investigación, desarrollo, innovación, inserción sociolaboral de personas en riesgo de exclusión social, enseñanza y formación profesional, etc.
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