Un contribuyente percibió en el año 2017 unos rendimientos del trabajo con periodo superior de generación de dos años, a los que aplicó la reducción del 30 por ciento contenida en el artículo 18.2 de la Ley General Tributaria (LGT). A su vez, en el ejercicio 2022, volvió a percibir rendimientos del trabajo con periodo… Seguir leyendo Asesor fiscal Internacional: Nota informativa sobre Consulta Vinculante N.º V0379-22