El Tribunal Supremo confirma que la limitación de efectos de la sentencia del Tribunal Constitucional nº 182/2021 se aplica desde la fecha de emisión, no desde su publicación en el BOE. Además, permite revisar liquidaciones firmes mediante el procedimiento especial de nulidad de pleno derecho cuando no hubo incremento de valor del terreno.
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El TEAC fija criterio: las devoluciones por rectificación de autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades no son ingresos indebidos
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