El reconocimiento a efectos del Impuesto sobre Sucesiones y donaciones del parentesco por afinidad no requiere la subsistencia del vínculo matrimonial

El Tribunal Supremo considera que los parentescos establecidos por matrimonio (parentesco por afinidad) se mantienen incluso si a la fecha del devengo del impuesto no subsistiera el vínculo que une al causante con su colateral por afinidad.