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30 septiembre 2020

Asesoría Fiscal Internacional: Las últimas novedades del período de transición del Brexit

Asesoramiento Fiscal: Las mercancías pertenecientes a Reino Unido estarán sujetas a controles aduaneros a partir del 1 de enero de 2021

El pasado 14 de noviembre, los negociadores de la Unión Europea (UE) y Reino Unido llegaron a un acuerdo sobre la retirada de dicho territorio de la UE. Cabe recordar que, el 29 de marzo de 2017, Reino Unido transmitió su intención de retirarse de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, según lo estipulado en el art. 50 del Tratado de la Unión Europea.

De acuerdo con este último tratado, la normativa europea dejará de aplicarse al Estado que se retire cuando:

  • A partir de la entrada en vigor del Acuerdo de Retirada.
  • A los dos años de la notificación de retirada.
  • El Consejo Europeo, de acuerdo con dicho Estado, puede decidir prorrogar dicho plazo.

Sin embargo, el 31 de enero de 2020 se formalizó la salida definitiva de Reino Unido de la Unión Europea. Ante ello, hay que tener en cuenta los siguientes criterios del Acuerdo de Retirada:

  • Se contempla un período transitorio hasta el 31 de diciembre de 2020, durante el que se seguirá aplicando la legislación comunitaria en el Reino Unido.
  • La Unión Europea tratará al Reino Unido como si fuese un Estado miembro, excepto en lo referente a su participación en las instituciones de la UE y en las estructuras de gobernanza.
  • Durante ese periodo las empresas no tendrán que realizar formalidades aduaneras.
  • Al no haberse solicitado prórroga del período transitorio, el mismo finalizará el 31 de diciembre de 2020.

Finalmente, se están llevando a cabo negociaciones para un posible acuerdo sobre la relación futura de estos dos organismos. En conclusión, a partir del 1 de enero de 2021 todos los movimientos de mercancías desde o hacia Reino Unido estarán sujetos a formalidades y controles aduaneros.

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