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B Law & Tax
14 febrero 2024

Asesor fiscal: Entre la Deducción y la Exención: Desafíos en la Declaración Tributaria

El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en su fallo del 4 de diciembre de 2023, examina si es adecuado pedir la corrección de la declaración presentada por la recurrente o si, al tratarse de una opción, ya no es viable esa corrección.

¿La Deducción y la Exención?

La persona que presentó la autoliquidación inicialmente optó por aplicar la deducción por doble imposición internacional. Sin embargo, posteriormente solicitó una rectificación de esa autoliquidación para que se le aplicara la exención en lugar de la deducción mencionada.

Según expone la Sala, el punto central a decidir es si la elección de la deducción es o no irrevocable una vez concluido el plazo establecido para la declaración, ya que dependiendo de ello será posible o no corregir la declaración como solicita la entidad recurrente.

En este caso, la Sala considera que estamos ante una situación de opción fiscal de la cual la recurrente tenía conocimiento.

Por lo tanto, se está describiendo una alternativa, que implica elegir entre regímenes tributarios distintos y excluyentes, utilizando explícitamente el término opción entre la deducción o la exención.
Además, se subraya que la normativa generalmente establece la irrevocabilidad de la opción, lo cual se fundamenta en razones de seguridad jurídica y para prevenir posibles abusos por parte de los contribuyentes.

Términos Legales en la Declaración Tributaria: Manifestación de Voluntad y Consecuencias

Dicho esto, se concluye que, en este caso específico, el ejercicio de la opción constituye la manifestación esencial de la voluntad para escoger una de las alternativas posibles, lo cual tiene un contenido material con sustantividad propia; es el contribuyente quien debe concretar la opción manifestando de forma tácita o expresa en la declaración de la autoliquidación cuál prefiere, ya que al hacerlo por una de las opciones está haciendo efectiva su elección entre las alternativas posibles delimitadas legalmente con anterioridad.

De este modo, la elección realizada por la recurrente en la declaración cumple con los requisitos establecidos por la jurisprudencia del Tribunal Supremo [Ver, STS, del 30 de noviembre de 2021, recurso nº 4464/2020], por lo tanto, la solicitud de corrección de la declaración una vez finalizado el plazo establecido es tardía. Por lo tanto, se procede a desestimar el presente recurso contencioso administrativo.

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