El contribuyente deberá asesorarse fiscalmente de las donaciones deducibles en España
Tras el impacto económico y social del COVID-19 en España, muchas empresas han decidido realizar donaciones a entidades sin ánimo de lucro. Desde B Law & Tax le damos las principales claves para llevar a cabo una deducibilidad de este tipo de donaciones.
En primer lugar, hay que tener en cuenta la posibilidad de que se den dos tipos de supuestos:
- Si una empresa realiza o va a realizar donativos a entidades con fines sociales, dichos pagos no son fiscalmente deducibles.
- Si la entidad perceptora está acogida a la Ley del Mecenazgo, la empresa donante disfrutará de una deducción en la cuota de su Impuesto sobre Sociedades.
En este último caso, la deducción del tributo será del 35% en el importe donado. Además, las empresas que hayan realizado donaciones a la misma entidad durante los dos años anteriores podrán deducir en un 40%. En consecuencia, se podrá llevar a cabo un asesoramiento que permita aumentar el incentivo fiscal.
B Law & Tax
International Tax & Legal Advisors.
“En B LAW&TAX somos especialistas en asesoramiento fiscal internacional tanto a empresas como para particulares. Si desea ampliar la presente información, estaremos encantados de poder atenderle en el 917817194 o en info@blaw.es”