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28 julio 2020

Asesoramiento fiscal España: Calendario del contribuyente de agosto

Las fechas clave para un buen asesoramiento fiscal en España del mes de Agosto

A dos semanas de entrar en el mes de agosto, desde B Law & Tax queremos recordar a nuestros contribuyentes las fechas clave para un buen asesoramiento fiscal.

En primer lugar, se encuentran los tributos que se deberán presentar antes del 20 de agosto. Entre ellos destaca el Impuesto sobre Renta y Sociedades:

  • Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo.
  • Actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta.
  • Ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva.
  • Rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos.
  • Capital mobiliario.
  • Personas autorizadas y saldos en cuentas.
  • Los ejercicios correspondientes a julio de 2020 sobre grandes empresas (111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230).

Por otro lado, hay que incluir la presentación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y sus operaciones asimiladas a las importaciones del mes de julio de 2020 (380). En esta fecha también se une el Impuesto Especial sobre la Electricidad correspondiente al ejercicio de julio de 2020 de las grandes empresas (560).

Por último, cabe destacar la presentación de los Impuestos Especiales de Fabricación. En cuanto a las Fábricas y Depósitos fiscales que hayan optado por suministrar los asientos contables correspondientes al primer semestre de 2020, a través de la Sede electrónica de la AEAT entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2020, deberán llevar a cabo lo siguiente:

  • Los ejercicios de grandes empresas correspondientes a mayo de 2020 (553, 554, 555, 556, 557, 558).
  • El Segundo trimestre de 2020, excepto grandes empresas (553, 554, 555, 556, 557, 558).

El resto de entidades tendrán que presentar los siguientes modelos:

  • Los ejercicios de grandes empresas correspondientes a mayo de 2020 (561, 562, 563).
  • Los ejercicios correspondientes a julio de 2020 (548, 566, 581).
  • El Segundo trimestre 2020, excepto grandes empresas (561, 562, 563).
  • La declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados (510).

Finalmente, los contribuyentes tendrán hasta el 31 de agosto para la presentación de los siguientes modelos de IVA:

  • Autoliquidación de julio de 2020 (303).
  • Grupo de entidades, modelo individual correspondiente a julio de 2020 (322).
  • Grupo de entidades, modelo agregado correspondiente a julio de 2020 (353).

B Law & Tax
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