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05 junio 2020

¿Cómo sacar partido al asesoramiento fiscal en la gestión de patrimonios?

Existen 5 claves para un asesoramiento fiscal rentable en la gestión de patrimonios

El gran impacto económico y social del COVID-19 en España, ha provocado un descenso de la rentabilidad patrimonial. Este año, los inversores no conseguirán beneficios a través de las inversiones en acciones o en bienes inmuebles.

Desde B Law & Tax creemos que la rentabilidad más efectiva será la fiscal. Por ello, le damos 5 claves de asesoramiento fiscal que se pueden tener en cuenta a la hora de sacar provecho a la gestión del patrimonio:

  • El lugar de residencia: la elección del domicilio por régimen fiscal permite la aplicación de los rendimientos obtenidos por un persona o entidad, dependiendo de su residencia o sus actividades. Además, provoca la instalación del domicilio en otros países (paraísos fiscales) donde la tributación es menor.
  • La tributación del IRPF: Una tributación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de manera conjunta o separada provoca variaciones en la declaración de la renta. Asimismo, un matrimonio con rentas reducidas podría beneficiarse con la aplicación de una tributación conjunta.
  • El uso de sociedades para la gestión de los rendimientos patrimoniales: La creación de sociedades para administrar el patrimonio permite una reducción de la carga tributaria pues, el ordenamiento jurídico español tolera la libre configuración del negocio, posibilitando una reducción en el coste fiscal del contribuyente.
  • Los planes de pensiones: Las aportaciones a los planes de pensiones permiten una reducción en la base imponible de la declaración de la renta, pues éstos tributan como rendimientos de trabajo. Además, éstas se podrán desgravar de la base imponible del IRPF en 8.000 euros o hasta el 30% de los rendimientos del trabajo netos. También son deducibles, en este caso, las aportaciones al plan de pensiones del cónyuge, siempre que no se superen los 8.000 euros anuales.
  • Las compensaciones por la pérdida de patrimonio particular: Las ganancias y pérdidas patrimoniales del ahorro se podrán compensar siempre que el resultado de su integración dé lugar a un saldo negativo. Cabe la posibilidad de que se puedan compensar con el saldo positivo de las rentas del ahorro obtenidas en el mismo período impositivo, con un límite del 25%de dicho saldo positivo.

B Law & Tax
International Tax & Legal Advisors.

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