Asesoramiento fiscal: La nueva normativa se pondrá en marcha antes de que finalice el año 2020
El pasado 8 de septiembre, el Consejo de Ministros aprobó el Plan Anual Normativo de la Administración General del Estado 2020. Entre la normativa de índole tributaria, podemos destacar una serie de reformas legislativas que serán sometidas a un análisis sobre los resultados de su aplicación, una vez que sean aprobadas.
En primer lugar, se ha aprobado la Ley 27/2014, del 27 de diciembre, que incluye las siguientes modificaciones:
- Transponer al Ordenamiento tributario interno el Derecho de la UE, en concreto, la citada Directiva (UE) 2016/1164.
- Implantar medidas que contribuyan a la prevención y a la lucha contra el fraude fiscal, en materia de asimetrías híbridas.
Por otro lado, se encuentra la Ley 37/1992, del 28 de diciembre, con la que se prevé alcanzar los siguientes objetivos:
- Transposición de la Directiva (UE) 2017/2455 del Consejo, de 5 de diciembre de 2017, sobre determinadas obligaciones respecto del Impuesto sobre el Valor Añadido para las prestaciones de servicios y las ventas a distancia de bienes.
- La Directiva (UE) 2019/1995 del Consejo, de 21 de noviembre de 2019, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE sobre las disposiciones relativas a las ventas a distancia de bienes y a ciertas entregas nacionales de bienes.
Por último, se han incluido modificaciones en la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2021. El fin de esta normativa es aprobar los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
Por otro lado, se encuentran los cambios introducidos en el Real Decreto-ley 16/2018, del 26 de octubre:
- Desarrollo del procedimiento de inscripción de los operadores de las embarcaciones a las que se refieren las letras f), g), h) e i) del apartado 3 de su artículo único.
- Se adoptan determinadas medidas de lucha contra el tráfico ilícito de personas y mercancías en relación a las embarcaciones utilizadas.
- Se permite la concesión de las autorizaciones de uso e inscripción de las citadas embarcaciones, de tal forma que se garantice la utilización de aquellas embarcaciones que se consideran legítimas.
En cuanto al Real Decreto 1065/2007, del 27 de julio, se van a llevar a cabo las siguientes modificaciones:
- La transposición de la Directiva (UE) 2018/822 del Consejo, de 25 de mayo de 2018.
- Se modifica la Directiva 2011/16/UE por lo que se refiere al intercambio automático y obligatorio de información en el ámbito de la fiscalidad en relación con los mecanismos transfronterizos sujetos a comunicación de información.
En cambio, las modificaciones introducidas en el Real Decreto 1794/2008, del 3 de noviembre, pretender alcanzar los siguientes objetivos:
- Crear un marco efectivo y eficiente para la resolución de procedimientos amistosos que garantice la seguridad jurídica y un entorno empresarial propicio a las inversiones.
- Alinear nuestro ordenamiento jurídico interno con los estándares internacionales en materia de procedimientos amistosos.
- Mejorar la regulación interna de estos procedimientos en aquellos aspectos en los que se han detectado deficiencias a raíz de la aplicación práctica de los mismos.
Finalmente, cabe destacar los cambios introducidos en las siguientes legislaciones:
- Real Decreto de desarrollo de la Ley del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.
- Real Decreto de desarrollo de la Ley del Impuesto sobre Transacciones Financieras.
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