Asesoramiento fiscal: qué precisan los contribuyentes para el sistema de identificación electrónica
En la actualidad, los trámites tributarios por vía electrónica siguen creando cierta controversia entre los contribuyentes. Ante ello, desde B Law & Tax le damos las opciones disponibles para poder acceder a los servicios tributarios que precisan de identificación electrónica.
En primer lugar, las personas físicas cuentan con la opción de darse de alta en el sistema de firma electrónica Cl@ve. Para ello, se deberán tener en cuenta los siguientes requisitos:
- Si el interesado cuenta con DNI electrónico, puede darse de alta en Cl@ve de forma inmediata, a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT).
- Si el interesado no tiene operativa la funcionalidad de firma de su DNI electrónico, puede activarla en un Punto de Actualización del DNIe.
- Existe un procedimiento de alta en Cl@ve por Internet y de forma inmediata, mediante la realización de una videoconferencia con un teleoperador de la AEAT.
- El servicio anterior está accesible desde el siguiente apartado de la página web de la AEAT: Alta en Cl@ve por videollamada.
- Otra posibilidad es solicitar por Internet el envío de una carta-invitación a Cl@ve, que recibe el interesado en su domicilio fiscal en los días siguientes y que permite el alta en Cl@ve, sin necesidad de realizar ningún trámite presencial.
- El procedimiento para la opción anterior está descrito en esta página web: Solicitud de carta de invitación para registro en Cl@ve.
En el caso de aquel contribuyente que necesite el certificado electrónico de la FNMT, podrá solicitarlo sin necesidad de acudir a las oficinas de la AEAT. Para ello, deberá seguir los siguientes pasos:
- PERSONAS FÍSICAS: tienen que solicitarlo online identificándose mediante su DNIe o mediante un certificado FNMT de Persona Física.
- PERSONAS FÍSICAS: pueden tramitar la obtención de un certificado FNMT de persona física en las oficinas de la Seguridad Social.
- ADMINISTRADOR ÚNICO: los representantes de entidades cuyos NIF empiezan por las letras A, B, C y D pueden solicitar por Internet la emisión de un Certificado de Representante de Persona Jurídica y realizar la acreditación a través de un servicio que hay actualmente en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
- PERSONAS JURÍDICAS: puede tramitar la emisión de un certificado electrónico FNMT de Representante sin necesidad de cita previa y sin tener que realizar ningún trámite presencial en la AEAT, utilizando la vía alternativa que existe actualmente de presentación de la documentación en una Oficina de Correos.
Por otro lado, cabe la posibilidad de recurrir a los servicios de otros Prestadores de Servicios de Confianza. Además, los trámites electrónicos pueden realizarse por un tercero siempre que este apoderado para ello. Cabe destacar los siguientes requisitos:
- Si se trata de una persona física, puede otorgarse el apoderamiento a través de Internet y de forma inmediata, si cuenta con algún sistema de firma electrónica.
- Si la persona que debe otorgar el apoderamiento no dispone de ningún sistema de firma electrónica, puede gestionarse el alta del apoderamiento de la forma descrita en la siguiente página web, que no requiere la realización de ningún trámite presencial en la AEAT.
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