El Real Decreto-Ley 5/2023, del 28 de junio, entrará en vigor el próximo 29 de julio de 2023. Este decreto transpone la Directiva de Movilidad y deroga completamente la Ley 3/2009 de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles. A continuación, resumiremos los aspectos generales y las principales novedades de esta ley.
La nueva Ley de Modificaciones Estructurales
La necesidad de transponer la Directiva 2019/2121, conocida como la Directiva de Movilidad, se basa en la eliminación de las restricciones a la libertad de establecimiento de las sociedades y empresarios de los Estados Miembros. Esta libertad de establecimiento es uno de los principios fundamentales del Derecho Europeo, regulado en los artículos 49 y 54 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
El 29 de junio se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-Ley 5/2023, que ajusta las Modificaciones Estructurales a la Directiva de Movilidad. En su parte general, unifica los mecanismos de protección para socios, acreedores y trabajadores que se aplican a todas las Modificaciones Estructurales, tanto internas como transfronterizas. Además, establece disposiciones especiales para cada tipo de Modificación Estructural.
Sistema de garantías común a las Modificaciones Estructurales Internas
La nueva regulación afectará a las fusiones, escisiones, cesiones globales de activos y pasivos, y transformaciones de sociedades españolas. En la fase preparatoria, la principal novedad consiste en la obligación de demostrar que la sociedad está al día en todas sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Además, se reemplaza el derecho de oposición de los acreedores por la presentación de garantías adecuadas en el Proyecto.
Adicionalmente, se requerirá el depósito de un anuncio en el Registro Mercantil que informe a socios, acreedores y trabajadores sobre la posibilidad de presentar observaciones sobre la operación hasta cinco días laborales antes de la celebración de la junta (excepto en las modificaciones adoptadas por junta universal). Asimismo, el informe de los administradores deberá estar dirigido tanto a los socios como a los trabajadores (o a sus representantes) y deberá estar disponible para ambos con un mes de antelación a la aprobación de los acuerdos de modificación estructural.
Novedades en cuanto a las Modificaciones Estructurales Transfronterizas
Las modificaciones estructurales transfronterizas incluyen los traslados transfronterizos (a partir de ahora denominados «transformaciones transfronterizas»), fusiones, escisiones y cesiones globales de activos y pasivos, tanto de sociedades constituidas según la legislación de un Estado Miembro (intraeuropeas) como de sociedades de terceros países (extraeuropeas), cuando haya sociedades sujetas a la legislación española involucradas en dichas operaciones.
Estas modificaciones estructurales estarán sujetas, además de las disposiciones comunes sobre mecanismos de protección de acreedores, socios y trabajadores, a disposiciones específicas para cada tipo de operación. Asimismo, antes de llevar a cabo la operación, se deberá emitir un certificado que demuestre su legalidad. En España, esta función de control de legalidad será realizada por el Registrador Mercantil.
Conclusión:
El objetivo de la Directiva de Movilidad era simplificar las operaciones transfronterizas entre los Estados Miembros. Sin embargo, la Ley de Modificaciones Estructurales, aprobada a través del Real Decreto-Ley, ha introducido cambios en las operaciones internas y ha sido objeto de críticas por su falta de claridad y por ampliar los procedimientos de las operaciones internas simples, además de incluir requisitos difíciles de cumplir, como la obligación de demostrar estar al día en todas las obligaciones tributarias.
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