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03 diciembre 2012

Régimen Holding España ETVE

Tributación de dividendos y ganancias de capital recibidos de sociedades extranjeras.

Los dividendos y ganancias de capital estarán exentos de imposición en la ETVE, si se cumplen las siguientes condiciones:

  1. a)Residencia y tributación de las sociedades filiales.

Las filiales no deben ser residentes en un paraíso fiscal. Adicionalmente, la entidad filial debe estar sujeta a un impuesto de naturaleza idéntica o análoga al impuesto sobre sociedades en España. Si la sociedad filial es residente en un país que ha suscrito un convenio para evitar la doble imposición con España con cláusula de intercambio de información, esta condición se entiende cumplida.

  1. b)Actividades de las sociedades filiales 

Los dividendos obtenidos de las sociedades filiales deben derivar de la realización de actividades empresariales. Este requisito se entiende cumplido cuando al menos el 85% de las rentas obtenidas proceden de actividades realizadas en el extranjero, citando a título de ejemplo la compra-venta de bienes, la realización de actividades inmobiliarias a través de medios propios, la explotación de activos intangibles como marcas, patentes, etc.

  1. c)Participación y periodo de tenencia en la sociedad filial.

Se exige una participación de al menos el 5% en el capital de la sociedad filial o alternativamente un precio de adquisición de al menos 6 millones de euros. La participación habrá de ser mantenida de forma ininterrumpida, durante un periodo mínimo de un año, anterior al día que sea exigible el beneficio que se distribuya. En su defecto, se deberá mantener posteriormente la participación durante el tiempo necesario para completar dicho plazo.

Tributación de los dividendos distribuidos por la ETVE y transmisión de las acciones de la ETVE

Los dividendos distribuidos por la ETVE y las ganancias de capital derivadas de la transmisión de las acciones de la ETVE no están sujetas a imposición en España, siempre que el accionista no sea residente en paraíso fiscal. El mismo tratamiento fiscal se aplica a las rentas procedentes de la liquidación de la ETVE.

 

 

Otras cuestiones de interés

 

Intereses derivados de préstamos y reglas de subcapitalización

 

Los intereses pagados por la ETVE no están sujetos a retención impositiva en España, siempre que el perceptor sea residente en la Unión Europea. Los intereses pagados por préstamos recibidos son deducibles en la ETVE.

 

En relación a la norma de subcapitalización se aplica un ratio de financiación / fondos propios de 3:1. Esta norma no es aplicable a préstamos recibidos de entidades residentes en la UE.

 

 

Obtención del régimen especial

 

El status fiscal del régimen ETVE se puede obtener mediante una comunicación a las autoridades fiscales.

 

 

Cuadro resumen regimen ETVE

 

Tratamiento de dividendos

Exención

Porcentaje de participación

5% (i)

Tratamiento de ganancias de capital

Exención

Porcentaje de participación

5% (i)

Periodo mínimo de tenencia

1 año

Se exige actividad empresarial?

Si

Se exige que la filial esté sujeta a imposición

Si

Tipo de Impuesto sobre Sociedades

25%-30%

Retención en dividendos

0

Retención en rentas de liquidación

0

Deducción de intereses

Si

Ratio subcapitalización

3:1 (ii)

Transparencia fiscal internacional

Sí (ii)

Impuesto sobre el capital

0% o 1%

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(i) Si el precio de adquisición de la participación excede de 6 millones de euros, este requisito se entiende cumplido.

(ii) No aplicable a sociedades de la UE.

 

 

 

Ejemplo de estructura societaria con régimen ETVE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Tratados de Doble Imposición suscritos por España

 

 

 

 

Alemania

Arabia Saudí

Argelia

Argentina

Australia

Austria

Bélgica

Bolivia

Bosnia Herzegovina

Brasil

Bulgaria

Canadá

Chile

China

Colombia

Corea del Sur

Costa Rica

Croacia

Cuba

Dinamarca

Ecuador

Egipto

Emiratos Árabes Unidos

Eslovaquia

Eslovenia

Estados Unidos

Estonia

Filipinas

Finlandia

Francia

Grecia

Holanda

Hungría

India 

Indonesia 

Iran 

Irlanda

Islandia

Israel

Italia

Jamaica

Japón

Letonia

Lituania

Luxemburgo

Macedonia

Malasia

Malta

Marruecos

México

Moldavia

Noruega

Nueva Zelanda

Polonia

Portugal

Reino Unido

Rumania

Rusia

Salvador

Serbia

Sudáfrica

Suecia

Suiza

Tailandia

Trinidad and Tobago 

Túnez

Turquía

Venezuela 

Vietnam 

Estados Antigua URSS

Alfonso Garrido Picon

B Law and Tax