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08 enero 2024

Asesor fiscal: Reformas tributarias en Madrid para el 2024: cambios en el IP e IRPF

La Comunidad de Madrid ha aprobado las Leyes 12/2023 y 13/2023, ambas fechadas el 15 de diciembre, introduciendo modificaciones con efectos a partir de 2024 que impactan, en el Impuesto sobre el Patrimonio (IP) y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

La modificación en el Impuesto sobre el Patrimonio (IP), aprobada mediante la Ley 12/2023, implica la suspensión de la bonificación autonómica del 100% en la cuota del IP durante la vigencia del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF).

En lugar de esta bonificación, se establecerá una reducción en la cuota que será la diferencia entre la cuota íntegra del IP, disminuida por el límite conjunto IRPF-IP, y la cuota íntegra total del ITSGF, disminuida por el límite conjunto IRPF-IP-ITSGF. Esta medida surge como respuesta a la reciente sentencia del Tribunal Constitucional 149/2023, de 7 de noviembre,  que rechazó el recurso de inconstitucionalidad presentado por la Comunidad de Madrid contra el ITSGF.

El propósito es que los contribuyentes con un patrimonio superior a 3,7 millones de euros, obligados a autoliquidar el ITSGF, abonen por el IP lo que inicialmente deberían pagar por el ITSGF, siendo el ingreso tributario finalmente recaudado por la Comunidad de Madrid.

En cuanto a las modificaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), aprobadas mediante la Ley 13/2023, estas incluyen la deflactación de la escala autonómica de gravamen al 3,1%, así como la ajuste el ajuste de los montos correspondientes al mínimo personal, familiar, por descendientes y ascendientes, junto con ciertas deducciones autonómicas en la cuota, y los límites de renta aplicables a estas.

Estas medidas tributarias entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2023, impactando en los próximos períodos de devengo del Impuesto sobre el Patrimonio (IP) y del IRPF hasta el 31 de diciembre de 2023.

 

 

 

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