El tipo cero de los productos sanitarios ha quedado suspendido temporalmente
El pasado 11 de septiembre, el Congreso de los Diputados anuló el Real Decreto-ley 27/2020 sobre medidas financieras aplicables a las entidades locales. Ante ello, B Law & Tax ha recogido las siguientes consecuencias:
- No se podrá ampliar hasta el próximo día 31 de octubre de 2020 la aplicación del tipo impositivo del IVA del cero por ciento a las compras de material sanitario y equipos médicos.
- No se podrá aplicar el tipo cero más allá del 31 de julio de 2020.
- No se podrá aplicar el tipo cero a productos que, no contemplados en la primera versión del Anexo, se incorporaron posteriormente al mismo por medio del referido Real Decreto Ley 27/2020.
En cualquier caso, todos aquellos contribuyentes que han continuado suministrando sus productos con aplicación del tipo impositivo cero, deberán:
- Estar atentos a la evolución de los acontecimientos, así como a las directrices de la AEAT.
- Cumplir de forma adecuada, el próximo 30 de septiembre, sus obligaciones de declaración e ingreso del impuesto.
Finalmente, cabe destacar que el impacto del COVID-19 en España ha supuesto la desaparición de un importante beneficio fiscal que permitiría paliar los efectos adversos de la pandemia.
B Law & Tax
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“En B LAW&TAX somos especialistas en asesoramiento fiscal internacional tanto a empresas como para particulares. Si desea ampliar la presente información, estaremos encantados de poder atenderle en el 917817194 o en info@blaw.es”