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23 septiembre 2020

Asesoría Fiscal España: La DGT se pronuncia sobre la renta en especie de un vehículo cesado por el COVID-19

El asesoramiento fiscal de una renta durante el estado de alarma debe ser considerada como rendimiento de trabajo en especie

El pasado 13 de mayo, la Dirección General de Tributos (DGT) emitió su Consulta Vinculante V1387-20 sobre la renta de un vehículo cesado durante el estado de alarma. En este caso, la situación analizada plantea los siguientes aspectos:

  • Un trabajador realiza una consulta a la DGT que versa sobre la cesión de un vehículo por su empresa, para uso particular.
  • Se pregunta si debe reflejar un rendimiento de trabajo en especie por la cesión del uso del vehículo por la empresa durante el tiempo de confinamiento.
  • El consultante considera que el vehículo está inmovilizado durante el estado de alarma.

Por su parte, la DGT dictaminó su sentencia basándose en los art. 42.1 y 43.1 de la LIRPF, relativos a qué se entiende por rentas en especie y la valoración de las mismas.

Finalmente, este organismo afirma que las rentas percibidas por dicho vehículo si deben ser consideradas como rendimientos de trabajo, aunque el vehículo haya estado inmovilizado durante el estado de alarma.

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