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12 febrero 2020

Cataluña aprueba el proyecto de la Ley de Acompañamiento

La ley tiene prevista su aprobación definitiva antes de verano

El pasado 29 de enero, el Gobierno de la Generalitat de Cataluña aprobó el proyecto de ley de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público. Esta legislación, más conocida como la “ley de acompañamiento” entrará dentro de los Presupuestos Generales de la Generalitat de Cataluña 2020.

Entre las novedades que incluye dicha ley se encuentra el Impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente, ya que actividades como la producción, almacenamiento, transporte de energía eléctrica o telefonía, quedarán sujetas a este impuesto siempre que estas usen instalaciones u otros bienes en relación con el territorio catalán. En el caso de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas, se incrementan los tipos impositivos de la tarifa autonómica para los tramos superiores a 90.000 euros. De esta manera, las rentas entre 90.000 y 120.000 euros tributarán 23.50% y las que van entre 120.000 y 175.000 al 24.50%. Mientras, las rentas de más de 175.000 euros se mantendrán en el 25.50%.

El Proyecto de Ley hará modificaciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ya que recupera los coeficientes multiplicadores para los grados cercanos y los mantiene para los distantes o extraños. Por lo tanto, la cuota del cónyuge y las bonificaciones aplicables para los descendientes menores de 21 años se mantendrá en un 99%. Sin embargo, las bonificaciones aplicables a ascendientes y resto de descendientes se reducen, produciendo un aumento de la carga fiscal del Impuesto. Como resultado, si el patrimonio es mayor a los 500.000 euros, la cuota del cónyuge, ascendientes y descendientes aumentará un 10%, si es superior a los 2 millones un 15% y un 20% su supera los 4 millones de euros.

En el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados, se aprueba el 5% del tipo reducido para las adquisiciones de vivienda por familias monoparentales. Además, se modifica la bonificación aplicable a las empresas inmobiliarias con una reducción de 3 años del plazo para revender los inmuebles. En el ámbito de los Actos Jurídicos Documentos, se crea una bonificación aplicable a documentos notariales para formalizar la constitución y actos relacionados con arras penitenciales.

Finalmente, entre el resto de los impuestos que conforman el Proyecto de Ley destaca la subida de las tarifas del Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, los tipos impositivos del Impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas y, por otro lado, se reduce la bonificación del Impuesto sobre las viviendas vacías, aplicable a los conjuntos de viviendas vacías con parte de su stock destinado a alquiler asequible.

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